El pasado 31 de diciembre de 2014 fue publicado en el BOE el Real Decreto 1053/2014 de 12 de diciembre, por el que se aprobó la nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para recarga de vehículos eléctricos”, del Reglamento electrotécnico para baja tensión (pueden descargarse su contenido en este enlace).
La nueva ITC-BT-52 entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2015 y, ante cualquier proyecto constructivo presentado a la Administración pública para nueva construcción con posterioridad a esta fecha, aparecen los siguientes escenarios relativos a la instalación de estaciones de recarga de vehículos eléctricos:
a) Aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios de régimen propiedad horizontal: Deberá ejecutar una conducción principal por zonas comunitarias, de modo que se posibilite la realización de derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicadas en las plazas de aparcamiento.
b) Aparcamientos o estacionamientos de flotas privadas, cooperativas o de empresas, o los de oficinas, o depósitos municipales de vehículos: instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada 40 plazas.
c) En aparcamientos o estacionamientos públicos permanentes: instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada 40 plazas.
d) Vía pública: instalaciones necesarias para dar servicio a las estaciones de recarga ubicadas en las plazas destinadas a vehículos eléctricos que estén previstas en los Planes de Movilidad Sostenible supramunicipales o municipales.
CIRCONTROL, líder en el diseño y fabricación de soluciones de recarga para vehículos eléctricos, con más de 10.000 puntos de recarga instalados en todo el mundo, dispone de una amplia gama de soluciones para cada uno de los escenarios comentados.
Quedamos a su disposición para solventarle cualquier duda sobre la nueva ITC-BT-52.
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